Abuso sexual: Casación confirma el juicio al remero Néstor Pinta
Se acusa al exdirector municipal de Deportes de Patagones de encubrir los ultrajes de su padre -ya fallecido- a alumnas de la escuela de canotaje.
El reconocido remero de Carmen de Patagones Néstor "Piri" Pinta, acusado de facilitar hace más de 10 años abusos sexuales de su padre a alumnas de canotaje, quedó más cerca del juicio oral y público.
Es que el Tribunal de Casación Penal -en forma unánime- rechazó el sobreseimiento del acusado y confirmó un fallo del año pasado dictado por la Sala I de la Cámara Penal bahiense, al considerar que se dio como "derivación razonada del derecho vigente".
La resolución en La Plata -sala Cuarta de Casación, con los votos de los doctores Carlos Ángel Natiello y Mario Eduardo Kohan- se habría dictado en diciembre, antes de la feria judicial, aunque recién ayer llegó la notificación a nuestra ciudad.
Ahora la defensa del acusado -encabezada por el abogado Maximiliano De Mira- tendría la chance de presentar un recurso extraordinario ante la Suprema Corte de Justicia bonaerense, aunque seguramente con pocas chances de que prospere.
La Cámara bahiense había revocado el sobreseimiento dictado en primera instancia en favor de Pinta hijo, en un fallo dividido, con votos a favor de los doctores Gustavo Barbieri y Guillermo Petersen, mientras que en disidencia había opinado su colega Pablo Soumoulou.
El deportista afronta cargos como partícipe en el delito de abuso sexual gravemente ultrajante (dos hechos), entre 2011 y 2016, en perjuicio de sendas víctimas que tenían 14/15 años y 16/19 años.
En abril de 2022, la fiscal Marina Lara, entonces a cargo de una de las unidades que investiga delitos sexuales, pidió el sobreseimiento de Pinta por entender que no había pruebas suficientes para avanzar en su contra, postura que convalidó el fiscal general Juan Pablo Fernández.
Meses después, el juez de Garantías N° 2, Guillermo Mércuri, aceptó el planteo, pese a la oposición de la abogada Fernanda Petersen, quien asiste a las víctimas.
Para Mércuri no había pruebas para sostener que Pinta -también fue director municipal de Deportes maragato- tuviese conocimiento de los abusos de su padre y, por lo tanto, no puede reprochársele no haberlos impedido.
Sin embargo, el caso llegó a la Cámara, donde se ordenó reimpulsar la acción penal, medida que ahora convalida Casación.
Seguramente se dará una situación inusual: habrá juicio oral pero sin fiscal (había pedido el sobreseimiento del imputado), solo con la acusación de la abogada Petersen como particular damnificada (habilitada por el artículo 334 bis del Código Procesal Penal).
"Protección" de su padre
El reconocido palista de Patagones, según la acusación, encubrió los abusos de su padre Aldo -se quitó la vida tras las denuncias-, entre 2015 y 2016, a no menos de menos tres alumnas de la Escuela Municipal de Canotaje de Patagones.
Las denuncias fueron realizadas en 2020 y, según su contenido, luego de los entrenamientos de canotaje, Pinta hijo llevaba a las chicas a merendar a la casa de su padre y en esas circunstancias se producían los abusos.
"El primer día que llegué me llamó la atención ver salir a una de mis compañeras de la habitación de los padres de Néstor. Pero al otro día, la que pasó a la habitación fui yo. Desde ese día y durante un año y medio fui abusada por el padre de Néstor”, declaró una de ellas.
La chica se refirió a una clase de "ritual" en el que las alumnas llegaban a la vivienda de Néstor, tomaban mate con facturas, entrenaban en el gimnasio y luego -según su versión- Aldo las hacía entrar al cuarto matrimonial para “sacarles las tensiones”.
"Situaciones llamativas"
Los jueces que decidieron mandar a Pinta a juicio remarcaron que "las distintas víctimas" -aún aquellas que no dieron mayores detalles o directamente no instaron la acción penal- "han brindado un escenario contextual coincidente en el que se sucedían los actos".
"Las situaciones descriptas, entiendo, confrontan el cariz de normalidad con el que el imputado intenta presentarlas, de por sí altamente llamativas, de que en forma prácticamente cotidiana y sin que haya otros adultos responsables en el lugar (más que él y su padre), éste último se encerrara en una habitación con niñas menores de 18 años, durante 15 o 20 minutos, sin que ello genere interrogante alguno. Cuanto menos sobre cuál podría ser la dolencia o molestia que podría haber tenido cada niña y que justificara una intervención muscular tan persistente y reiterada", había dicho el camarista Barbieri en el fallo de junio pasado.
También había sostenido que está probado, con el grado de exigencia de esta etapa, que "Néstor Pinta (previo trasladar a las menores a quienes les enseñaba canotaje, siendo la persona de confianza en donde los padres depositaban su control) conocía sobre la clase de situaciones que se generaban dentro la habitación en la que su padre se encerraba junto a las niñas en forma cotidiana".
"El llevar a las niñas a ese lugar, su falta de intervención, silencios y ausencia de cuestionamientos, se revelan -en principio-, como un actuar propio de quien posee conocimiento sobre las situaciones que estaban padeciendo las menores (durante años y con numerosas damnificadas), a quienes trasladó a ese lugar (valiéndose de su rol de entrenador y de la admiración que como referente deportivo tenía) y sobre las que no adoptó intervención alguna (más bien lo contrario "escondiendo" lo que acaecía), cooperando, de esta forma, con su consumación", remarcaba.
En la misma línea, consideraba "irrazonable" que todo esto "no le llamara en lo más mínimo la atención" a Pinta hijo, siquiera para conocer qué clase de dolencia tendrían las alumnas que él entrenaba.
Casación, en tanto, dijo que "se advierte que todos los testimonios eran coincidentes en la forma en cómo se sucedían los ingresos de las niñas, que las llevaba Néstor Pinta (entrenador) a su padre Aldo Pinta" y coincidió con que "el silencio" de Pinta hijo "cooperó" con la consumación de los abusos de parte de su padre.