Este jueves, el juez Enrique Lavié Pico, del fuero contencioso administrativo federal, levantó la feria judicial y desarmó el amparo colectivo para tratar, por separado, las distintas demandas presentadas contra el Decreto de Necesidad y Urgencia anunciado por el Presidente el miércoles 20 de diciembre.
Además, la Sala de Feria de la Cámara del Trabajo suspendió las reformas laborales incluidas en el DNU, principalmente, la extensión del período de prueba de tres a ocho meses, la limitación del derecho a huelga y modificaciones en el régimen de indemnizaciones. Los jueces hicieron lugar a un pedido hecho por la Confederación General del Trabajo (CGT) y la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA).
Cada presentación contra el DNU se tramitará por separado en el tribunal donde fue presentado
El Gobierno pretendía que todas las presentaciones se tramitaran bajo el ala de un “amparo colectivo” en el Fuero en lo Contencioso Administrativo Federal, pero la CGT apeló el fallo en el que se reclamó a la Justicia laboral el cambio del expediente.
Finalmente, los jueces Alejandro Sudera y Andrea García Vior señalaron que el pedido para que la causa cambie de fuero no estaba firme y, por lo tanto, se encontraban habilitados para avanzar en la causa.
“A partir de ahora se van a resolver los planteos contra el DNU en los juzgados en los que fueron presentados y con los jueces originariamente asignados. Cada juez va a resolver -según su perspectiva- sobre la validez o invalidez del DNU y en última instancia va a ser la Corte Suprema de Justicia la que tome la decisión definitiva” aseguró el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez en diálogo con TN