La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó una serie de recursos presentados por la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner presentados en diversas causas.
En una de ellas, conocida mediáticamente como "Ruta del dinero K" por lavado de dinero, la defensa de la ex presidenta había planteado la recusación de los jueces Martín Irurzun y Mariano Llorens, quienes integraban la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional.
El pedido estaba motivado en que esos magistrados, el 31 de agosto de 2018, hicieron lugar a un pedido de la Unidad de Información Financiera y dispusieron que se convoque a Fernández de Kirchner a prestar declaración indagatoria.
El juez Leopoldo Bruglia rechazó el pedido de apartamiento de sus colegas y luego la defensa de la vicepresidenta recurrió dicha resolución hasta llegar al máximo tribunal.
Ya en la Cámara de Casación se le había dicho que, por regla general, la resolución que decide sobre recusaciones no es susceptible de ser impugnada en esa instancia, pues no se trata de una sentencia definitiva ni equiparable.
La Corte, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, también desestimó el planteo porque no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal.
En tanto, en el marco de la investigación por la denuncia por la firma del memorándum de entendimiento con Irán, la defensa de Cristina Kirchner, por un lado, y la de Oscar Parrilli, por otro, recusaron al juez Juan Carlos Gemigniani, integrante de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal.
En ese caso, el tribunal rechazó los pedidos de apartamiento, al entender que las defensas no habían demostrado la concreta vulneración de garantías constitucionales o que se hubiera configurado alguno de los supuestos previstos en la ley para separar de una causa a un magistrado.
Por el contrario, señaló que los pedidos se limitaron a plantear conjeturas que no se encontraban debidamente acreditadas en el expediente.
Por otra parte, dijeron que los peticionantes ya habían tenido conocimiento de la integración del tribunal en anteriores pronunciamientos, sin que hubieran presentado planteos como éste.
Tanto la ex presidenta como el ex ministro presentaron sendos recursos, por considerar que se había afectado la garantía de imparcialidad del juzgador, y tras ser rechazados sus planteos, llevaron esos reclamos ante la Corte.
Con las mismas firmas que el otro fallo, el tribunal desestimó las quejas por no haber dado cumplimiento al reglamento correspondiente aprobado por la Acordada 4/2007 del tribunal.
En una cuarta causa, se investigaba la posible comisión del delito de ocultamiento de documentos históricos, tras el hallazgo de una carta autógrafa del 26 de diciembre de 1835, del General San Martín a Bernardo de O’Higgins, y un ‘prontuario’ de Hipólito Yrigoyen con sus actividades desde 1906 a 1910.
Esos documentos fueron secuestrados en el marco de la causa 9608/2018, mediáticamente conocida como "Cuadernos", en el inmueble ubicado en la intersección de las calles Padre de Agostini y Los Tehuelches, en El Calafate, Santa Cruz.
Ese allanamiento fue ordenado por el juez Claudio Bonadio, quien fue recusado por la defensa de Cristina Kirchner en las sucesivas instancias hasta llegar a la Corte.
Al día siguiente de ingresado el expediente al Máximo Tribunal, Bonadio falleció. De allí que, Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda entendieron que la cuestión traída a estudio del Tribunal se había tornado abstracta.
Fuente: NA.