Memorándum con Irán: Cristina Kirchner también irá a juicio por el encubrimiento del ataque a la AMIA
La decisión la tomó la Cámara de Casación, que también ordenó reabrir la causa Hotesur-Los Sauces. El tribunal determinó apartar a los jueces que habían sobreseído a todos los acusados por entender que no hubo delito
La Cámara Federal de Casación ordenó juzgar a la vicepresidenta de la Nación, Cristina Kirchner, en la causa por la firma del Memorándum con Irán. La decisión se tomó al mismo tiempo en que se ordenó abrir también el caso Hotesur-Los Sauces. El fallo fue firmado por los jueces de la Sala I de Casación, Diego Barroetaveña y Daniel Petrone
“Ante la excepcionalidad de la solución prevista en la norma antes citada y teniendo en consideración que, una vez elevada la causa a juicio, el debate oral y público es el ámbito natural de discusión donde tratar las cuestiones de hecho y prueba, cabe concluir que la decisión recurrida se ha sustentado en afirmaciones dogmáticas acerca de la verificación en el caso de las exigencias contenidas en el art. 361 del CPPN y la pretensión de agotar el examen acerca de la responsabilidad penal de las personas acusadas en esa etapa intermedia contradice, no solo las reglas de la sana crítica, sino del debido proceso y desnaturaliza la instancia en la que se encuentra la causa”, se sostuvo en el fallo al que accedió Infobae.
“Los defectos de fundamentación en que incurrió el tribunal a quo afectan la garantía constitucional de defensa en juicio que asiste a los recurrentes y, de conformidad con el estándar de arbitrariedad definido por la CSJN ), justifican la invalidación de la resolución recurrida”, se añadió.
Un tribunal oral había dictado el sobreseimiento de Cristina Kirchner y el resto de los acusados en esos dos expediente. Pero la DAIA y familiares de las víctimas del atentado a la AMIA apelaron: reclamaron que se haga el juicio oral. Las defensas se opusieron. Eso es lo que se debatía desde hace más de un año en Casación, con la ahora jubilada jueza Ana María Figueroa, que cumplió 75 años el 9 de agosto y fue cesada en sus funciones por la Corte Suprema.
La decisión recae sobre Cristina Fernández, Eduardo Antonio Zuain, Carlos Alberto Zannini, Oscar Isidro Parrilli, Angelina María Esther Abbona, Juan Martín Mena, Andrés Larroque, Luis Ángel D´Elía, Fernando Esteche, Jorge Alejandro Khalil y Ramón Héctor Allan Bogado.
La causa se inició en enero de 2015 con la denuncia que presentó el fiscal Alberto Nisman. Sostuvo que con la firma del memorándum entre Argentina e Irán se buscó encubrir a los acusados del atentado a la AMIA porque hacía caer las alertas rojas de Interpol de detención que pesaban sobre ellos. El objetivo del acuerdo era destrabar la causa judicial que no avanzaba porque Irán no extraditaba a los imputados del hecho por la justicia argentina. El memorándum establecía que Nisman y el juez del caso, en ese entonces Rodolfo Canicoba Corral, podían viajar a Irán para indagar a los acusados. También creaba una comisión de la verdad, con juristas de ambos países, para intentar esclarecer el hecho.
Cuatro días después de que presentó la denuncia, Nisman fue encontrado muerto en su departamento de Puerto Madero con un tiro en la cabeza. El juez federal Daniel Rafecas desestimó la denuncia. Pero la Cámara Federal de Casación Penal, con los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y también Ana María Figueroa, la abrió, se apartó al magistrado y la causa quedó a cargo del juez Claudio Bonadio, que en marzo del 2018 envió el caso a juicio oral con 12 acusados.
A esa instancia llegaron Cristina Kirchner, Mena, Zuain, Zannini, el actual senador nacional Oscar Parrilli, el dirigente social Luis D´Elia y el fallecido ex canciller Héctor Timerman, imputados de encubrimiento agravado, entre otros. Algunos de ellos, como D´Elia y Zannini, fueron detenidos por orden de Bonadio. Timerman estuvo bajo prisión domiciliaria. El magistrado también había dispuesto la prisión preventiva de CFK, que no se concretó por sus fueros como senadora nacional.
La causa le tocó al Tribunal Oral Federal 8, que en octubre de 2021 sobreseyó a todos los acusados por inexistencia de delito. “El Memorándum, más allá de se lo considere un acierto o desacierto político, no constituyó delito”, dijeron en el fallo los jueces Gabriela López Iñiguez, José Michilini y Daniel Obligado.
Eso fue lo que revocó Casación y ordenó que el juicio se lleve adelante.