El Gobierno celebró el fallo de Servini que determinó que un atentado de Montoneros no fue un acto terrorista

Para la magistrada, el hecho sucedido el 2 de julio de 1976 no puede considerarse un delito de lesa humanidad ni un crimen de guerra. El ministro de Justicia Martín Soria y el secretario de DDHH Horacio Pietragalla se manifestaron en redes.
  • El ministro de Justicia, Martín Soria, celebró el fallo que determinó que un atentado de Montoneros no fue un hecho terrorista. (Foto: Presidencia). El ministro de Justicia, Martín Soria, celebró el fallo que determinó que un atentado de Montoneros no fue un hecho terrorista. (Foto: Presidencia).
  • La Secretaría de DDHH expresó su apoyo a la decisión de la jueza Servini y lo compartió en redes. (Foto: Twitter) La Secretaría de DDHH expresó su apoyo a la decisión de la jueza Servini y lo compartió en redes. (Foto: Twitter)
  • María Servini decidió no hacer lugar al pedido de reabrir la causa por el atentado al comedor. (Foto: Telam) María Servini decidió no hacer lugar al pedido de reabrir la causa por el atentado al comedor. (Foto: Telam)
  • Así quedó el lugar tras el atentado al comedor de la Policía Federal. (Foto: La Nación) Así quedó el lugar tras el atentado al comedor de la Policía Federal. (Foto: La Nación)

El Gobierno nacional celebró el fallo de la jueza federal María Servini, que rechazó reabrir la investigación del atentado de Montoneros al comedor de la Superintendencia de Seguridad Federal de la Policía Federal, ocurrido el 2 de julio de 1976.

Para la magistrada, el hecho que dejó un saldo de 24 muertos y 60 heridos no puede considerarse delito de lesa humanidad, ni un acto de terrorismo.

El Ministerio de Justicia, a cargo de Martín Soria, ratificó que las causas contra organizaciones políticas de los ‘70 no son crímenes de lesa humanidad y que ya están prescriptas. A través de un comunicado, manifestó: “La justicia ratificó que las causas contra organizaciones políticas de los ‘70 ya prescribieron”.

“La Justicia sostiene ininterrumpidamente desde 2001 que el accionar represivo del Estado durante la dictadura cívico-militar constituye crímenes de lesa humanidad y en consecuencia imprescriptible; y que hay un deber de investigar, juzgar, sancionar y reparar a las víctimas. Ninguno de esos elementos se aplica a estos hechos cometidos por organizaciones políticas, como ratificó la Corte Suprema de Justicia de la Nación y diferentes tribunales en esta y otras causas”, continúa el comunicado.

El ministro acompañó la decisión de Servini y sostuvo que los grupos que solicitaron investigar este acto como un crimen de lesa humanidad quieren instalar la “teoría de los dos demonios”.

“Este tipo de denuncias intentan equiparar el terrorismo de Estado con la actuación de organizaciones políticas y volver a instalar la ‘teoría de los dos demonios’ para garantizar la impunidad de quienes secuestraron, torturaron, abusaron, asesinaron, desaparecieron y se apropiaron de cientos de niños y niñas”.

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El comunicado también fue replicado en las redes sociales por el secretario de Derechos Humanos de la Nación, Horacio Pietragalla Corti, que destacó que “ninguno de esos elementos se aplica a los hechos cometidos por organizaciones políticas” y acotó que eso fue ratificado por “la Corte Suprema de Justicia y diferentes tribunales en esta y otras causas”.

 

Los fundamentos del fallo de la jueza Servini

María Servini no dio lugar a la solicitud de un grupo de querellantes que se presentó en 2021 ante la Cámara Federal porteña para exigir que se vuelva a analizar el tema.

La jueza sostiene que es “cosa juzgada” y que la discusión acerca de la calificación de los delitos investigados “se encuentra agotada”, en sintonía con un dictamen fiscal Guillermo Marijuan que también rechazó el pedido.

“Fueron mis superiores, quienes ratificaron y concluyeron que el suceso criminal acontecido el 2 de julio de 1976 en la sede de la entonces Superintendencia de Seguridad Federal de la Policía Federal Argentina atribuido a la organización Montoneros no configuró un delito de lesa humanidad ni un crimen de guerra”, puntualizó la jueza en el fallo.

Para Servini, “no se puede considerar un acto de terrorismo en los términos de la definición prevista en el Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo, ni una grave violación a los derechos humanos”.

Con esta decisión, la magistrada rechazó por segunda vez reabrir la causa, en una decisión que ya fue apelada ante la Cámara Federal porteña.

En su primer rechazo al planteo de reapertura, la magistrada había tomado esa decisión “in limine”, es decir, sin analizar los argumentos de los querellantes y basada en la prescripción por no ser delito de lesa humanidad.

En esta nueva resolución analizó los argumentos por orden de la Cámara Federal y llegó a la misma conclusión.

 

El hecho

El atentado contra la Policía Federal Argentina en 1976 se produjo el 2 de julio de ese año, cuando un artefacto explosivo, cuya colocación se atribuyó la organización Montoneros, estalló en la Superintendencia de Seguridad de la Policía Federal, en la ciudad de Buenos Aires.

Esta explosión causó el derrumbe del techo del comedor en momentos en que el lugar estaba lleno de suboficiales almorzando.

En el atentado murieron 23 personas, incluyendo una civil que se encontraba de visita, y unas 110 resultaron heridas.

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