Le negaron las salidas transitorias a un condenado por un asesinato en Suárez

La Cámara Penal de Bahía Blanca ratificó el rechazo a las salidas transitorias de Julio Marcelo Pereyra, quien fuera sentenciado a 18 años de cárcel por el asesinato del encargado de un campo de Coronel Suárez, hecho registrado durante 2007.
Le negaron las salidas transitorias a un condenado por un asesinato en Suárez

Una vez más la Justicia bahiense rechazó un pedido de beneficios realizado por uno de los tres condenados por el crimen del encargado del campo La Quinihua de Coronel Suárez, registrado hace 16 años.

A mediados de 2022 ya le habían negado a Julio Marcelo Pereyra la posibilidad de  dejar la cárcel bajo libertad condicional.

Ahora los jueces tomaron una determinación similar ante el requerimiento de gozar de salidas transitorias de la unidad penal.

El titular del Juzgado de Ejecución Penal Nº 1, doctor Claudio Brun, consideró que el artículo 56bis de la Ley 24.660 resulta un obstáculo para el otorgamiento de la medida.

La reglamentación establece el impedimento del beneficio para sujetos condenados por una serie de delitos graves, entre ellos el homicidio en ocasión de robo.

La decisión fue apelada por la defensora oficial María Moreno, aunque la Sala II de la Cámara Penal local no hizo lugar al planteo y ratificó lo resuelto por el magistrado.

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“No puede predicarse que la discriminación legal aludida resulte irrazonable o arbitraria, toda vez que a quienes debieran cumplir penas por delitos graves se les imponga en la ejecución de la misma superiores requisitos respecto de aquellos que fueron condenados por delitos de menor gravedad”, señaló el fallo firmado por los jueces Guillermo Petersen y Guillermo Emir Rodríguez.

Agregaron que “en el caso se trata de un delito doloso que ha afectado el bien jurídico más preciado en ocasión de la comisión de otro delito, lo que no torna arbitrario el establecimiento de un régimen distinto, acorde con un más prolongado tratamiento resocializador”.

El caso

El 23 de diciembre de 2009, el Tribunal en lo Criminal Nº 3 sentenció a 20 años de prisión a Julio Marcelo Pereyra, su hermano Luciano Martín y Víctor Oscar Herrera, por el crimen de Héctor Facundo Luna.

En el caso del primero, la Sala I del Tribunal de Casación Penal bonaerense hizo lugar a su apelación y redujo la pena a 18 años.

La sanción, que se encuentra firme, se agotará a mediados de 2025.

En el debate oral quedó probado que entre la noche del 24 de marzo de 2007 y la madrugada del día siguiente, dentro del establecimiento rural La Quinihua, en el cuartel decimotercero de Coronel Suárez, Luna recibió un disparo que le impactó en el pulmón izquierdo, provocándole lesiones letales.

El ataque se produjo en el marco de un asalto que también sufrió la mujer de la víctima.

Los delincuentes finalmente se apoderaron de una cartera que contenía 65 pesos, documentación y un teléfono celular.

Testigo clave

Un testimonio valorado por los jueces al momento de sentenciar a los acusados fue el de un hombre que dijo ser primo de los hermanos Pereyra.

Manifestó que el mismo 25 de marzo de 2007, Julio Marcelo llegó a su casa y le pidió que le escondiera un arma, porque "me mandé una c..."

Expresó que el sujeto le dijo "fuimos a 'hacer' un campo, me asusté, se me escapó un tiro y maté a un hombre porque hizo un movimiento raro y pensé que estaba armado".

Le aclaró que la víctima "era de apellido Luna" y detalló que su hermano Luciano se quedó afuera de la casa y que él ingresó con Herrera.

También le confesó que iban a buscar dinero que supuestamente había en una caja fuerte, destinado al pago de sueldos.

La defensa cuestionó al testigo porque, según dichos de Julio Pereyra, éste le tenía un encono personal porque su mujer le había sido infiel con él, hipótesis que no consideró probada el tribunal.

Los magistrados explicaron que el primo de los Pereyra declaró "un tiempo después de ocurrido el hecho", y por gestión de la familia de Luna, motivo por el cual se cae su presunta intención de incriminar a Julio Pereyra en el delito ya que, de haber sido así, lo "habría cumplido presurosa y espontáneamente".

Señalaron además que la alegada infidelidad solo surge de la afirmación del procesado, "no desarrollando la defensa gestión alguna para procurar avalar con prueba independiente" esa posibilidad.

Luego del fallo condenatorio, Susana Consuelo Bousquet, viuda del fallecido Luna, dijo que “esto es lo que se tendría que hacer. Sé que no voy a recuperar a mi marido, pero siento alivio”, agregó.

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