Policiales 12/04/2023 12:49hs

La Justicia Federal de Mendoza suspendió la entrega de tierras a mapuches en esa provincia

Una empresa de capitales malayos es la propietaria del campo de 4 mil hectáreas que cedió el gobierno nacional.

Los Molles, Malargüe.
Los Molles, Malargüe.

La Justicia Federal de San Rafael frenó la ocupación de tierras del sur mendocino por parte de familias descendientes del pueblo mapuche, que en enero habían conseguido el aval con una resolución del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI).

El juez Eduardo Puigdéngolas falló a favor de la cautelar presentada por la empresa Nieves de Mendoza SA, que había solicitado la nulidad de la resolución 47/2023 del INAI, que en enero había fijado el reconocimiento de la “ocupación actual, tradicional y pública de la Comunidad Lof Limay Kurref, perteneciente al pueblo mapuche".

Los campos en disputa están en la localidad de Los Molles, muy cerca del valle de Las Leñas, en Malargüe. a 300 kilómetros al sur de la ciudad de Mendoza. El predio abarca una zona de 4.477 hectáreas, dentro de la propiedad denominada El Álamo, que desde el año 2000 pertenece a la empresa Nieves de Mendoza.

También el gobernador de Mendoza Rodolfo Suarez (UCR) ha apelado la medida dispuesta por el Instituto que depende del Gobierno nacional, con la presentación de tres recursos de reconsideración en contra de las resoluciones del INAI que dieron reconocimiento legal a la ocupación de tierras de comunidades mapuches en 21 mil hectáreas del sur provincial.

"Hemos planteado todas las irregularidades de las resoluciones, el procedimiento, la ilegalidad de la prórroga de la Ley 26160 dispuesta por DNU, la ausencia de facultades del INAI para reconocer ocupación de tierras a las comunidades y los planteos históricos sobre la inexistencia de presencia histórica de mapuches en el territorio provincial, entre otros aspectos", explicó el ministro de Gobierno de Mendoza, Víctor Ibañez.

Ahora, es la Justicia Federal en San Rafael la que se pronuncia suspendiendo la aplicación de la resolución y en favor de los dueños de ese campo, según registro catastral. El fallo ordena suspender la resolución del 47/2023 y dictar prohibición de innovar contra el INAI; hasta que se resuelva la cuestión de fondo, que es la acción de nulidad.

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La resolución 9933/2023, firmada por el juez Puigdéngolas detalla que el INAI actuó sin reconocer los  "numerosos contratos de arrendamiento suscriptos" con los puesteros que ocupan el lugar y que son miembros de la comunidad a la que se le otorgó las tierras.

El juez tampoco reconoce a los beneficiarios de los terrenos como legítimos mapuches y coincide con los propietarios del terreno que es imposible recorrer en dos días ese campo de 4 mil hectáreas, más en épocas invernales.

El juez concluyó que: “Hay suficientes indicios de aparente ligereza en las tareas desempeñadas por la demandada (el INAI) en el marco del Programa de Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas”.

Y avala el planteo de la empresa propietaria del campo respecto a que "se vulneran derechos reconocidos constitucionalmente como: el derecho de propiedad  y el debido proceso legal", para garantizar la defensa de quienes han sido perjudicados con la resolución del INAI.

Entre otros argumentos, la resolución indica que, “una inteligencia razonable, involucra la obligación de darle participación adecuada al titular registral en todo acto que concluya en un reconocimiento de la posesión y propiedad comunitaria de tierras que le pertenecen”.

Los campos en disputa son propiedad de un grupo de inversores malayos, integrantes del holding Walbrook, que desde el año 2000 han adquirido esas tierras cercanas al centro de esquí de Las Leñas.

La legislatura de Mendoza había considerado a los mapuches como "un pueblo no originario de la Argentina".

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