Policiales 15/12/2022 13:32hs

Puerto Belgrano: condenan por abuso a un capitán de navío

Rubén Vitaliti recibió una pena en suspenso por ese delito y coacción en perjuicio de la víctima, una subalterna militar. Los delitos se registraron en 2015.

Puerto Belgrano: condenan por abuso a un capitán de navío

 Una pena de 3 años de prisión en suspenso le impusieron a un capitán de navío de la Armada que prestaba servicios en la Base Naval Puerto Belgrano, por abuso sexual simple y coacción.

Se trata de Rubén Francisco Vitaliti, de 75 años, quien recibió la sanción de parte del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía.

El uniformado está acusado de propasarse con una subordinada (identificada como C.D.V.M.), el 12 de noviembre de 2015 y, unos días después, obligar a la mujer a no contar los hechos o modificar la versión, haciendo pesar su jerarquía.

Los dos delitos sucedieron cuando Vitaliti -retirado- fue convocado a prestar nuevamente funciones como jefe del departamento Hotelería del Hospital Naval Puerto Belgrano, en las oficinas de esa dependencia y en horario de trabajo.

"El primer día la subalterna le fue a hacer una consulta, se puso a un costado y Vitaliti se acercó con su silla y le besó el pecho", explicó una fuente judicial.

"Se trató de una causa difícil, por los silencios propios de la fuerza y porque la víctima (cuyo esposo también tiene rango de suboficial en la Armada) estuvo presionada a lograr un acuerdo conciliatorio, pero finalmente se llegó al juicio y a la condena en suspenso. Desde el momento del hecho, el acusado ya no presta funciones", agregó.

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Ningún contacto

 

Los jueces Sebastián Foglia, Ernesto Sebastián y José Mario Triputti le impusieron, a su vez, distintas reglas de conducta que, en caso de no cumplir el acusado, podrían revocarse la condicionalidad de la pena y terminar en la cárcel.

Entre ellas figuran someterse al control del Patronato de Liberados, no usar drogas ni abusar de bebidas alcohólicas, abstenerse de tomar contacto con la víctima y de acercarse a menos de 100 metros de distancia, prohibición que comprente todo tipo de contacto, incluyendo la vía telefónica, postal, redes sociales o a través de terceros.

"En caso de encuentro accidental o fortuito, deberá evitar todo tipo de acercamiento, diálogo e incluso, gestos hacia la víctima y tomar distancia en forma inmediata de donde ella se encuentre", agregó el tribunal.

Durante el juicio, la víctima reconoció "estar cansada" por el proceso judicial, que le causó "problemas de salud y laborales".

Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer mañana.

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