Declararon no culpable al suarense acusado de abusar de una hija de su pareja
El veredicto absolutorio fue resuelto por un jurado popular.
Un hombre acusado de abusar de una de las hijas de su pareja en Coronel Suárez fue declarado no culpable en un juicio por jurados, informaron fuentes judiciales.
Tras tres jornadas de un juicio bajo la modalidad jurados, realizada en el Tribunal Criminal 2, el cuerpo no alcanzó la suma necesaria de votos, en consecuencia hallaron no culpable a un sujeto que llego a debate acusado de haber abusado de una de las hijas de su pareja, en la localidad de Coronel Suárez.
Según la causa, a cargo de la fiscal Marina Lara – titular de la UFIJ N.º 14- los hechos ocurrieron entre el 2016 y enero del 2018, cuando el hombre habría efectuado tocamientos a la niña, quien tenía entre 11 y 12 años de edad.
Los hechos abusivos habrían ocurrido en distintos sectores de la casa que compartían, cuando la madre de la niña no se encontraba.
Se le imputaba el delito de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con una menor de 18 años.
Tras escuchar los testimonios y pasar a deliberar no llegaron a la cifra de 8 votos necesarios para una condena, en consecuencia al ser no culpable, automáticamente recuperaba la libertad
El abogado defensor del acusado manifestó esta tarde que “se acreditó la mala praxis de las peritos psicólogas que vienen interviniendo en Bahía Bahía…”
Recordemos que en la provincia de Buenos Aires implementó la exigencia de que, como regla, deba rendirse al menos diez votos positivos para alcanzar un veredicto de culpabilidad, y, en el caso de los supuestos que prevén pena perpetua, se exige la unanimidad para la culpabilidad. Si se logran 9 votos, se denomina voto estancado, por lo que hay que deliberar nuevamente, por último si hay 8 votos no se alcanza veredicto de culpabilidad. Se recuerda también que absolutamente nadie, por fuera del juez y los propios jurados, sabe el voto de cada uno de los integrantes del jurado
La resolución se adoptó tras la deliberación de los doce integrantes, en el marco del debate que se desarrolló en el Tribunal en lo Criminal N° 2.
Para el jurado no se probó la acusación de la fiscal Marina Lara, quien imputó al individuo de haber sometido a la pequeña entre los 11 y 12 años, en la vivienda que ocupaban en aquella ciudad.
Y de esa manera adhirieron a la postura del defensor particular Juan Ignacio Vitalini.