Impuesto a las Ganancias: el formulario que deben completar los trabajadores para no pagar de más
Muchos contribuyentes avanzan en completar la declaración jurada 2021, pero es fundamental no olvidar el cambio de año fiscal y ratificar o rectificar datos que pueden ser determinantes en el sueldo mensual.
Muchos empleados en relación de dependencia se abocan en esta época a completar declaración jurada del Impuesto a las Ganancias, sobre todo en completar la solicitud para la devolución del 35% de adelanto por la compra de dólar y los gastos con tarjeta de 2021, pero deben estar atentos a que con el cambio de año fiscal.
Tras la reforma del año pasado, desde el 1° de enero no pagan Ganancias los empleados con sueldos de menos de $225.937 brutos, unos $187.000 netos. Así aquellos que superen ese umbral, tienen que tener actualizadas las cargas de familia y otras deducciones que se cargan mensualmente para no sufrir mayores deducciones. Como el mínimo no imponible una deducción especial, aun los que están debajo de ese pi
El impuesto es anual por lo que desde el 1° de enero pasado rigen las nuevas escalas, por lo que ratificar o modificar deducciones permitirá minimizar el impacto del gravamen en el bolsillo.
Cómo confirmar o modificar las deducciones de Ganancias para 2022
El trabajador en relación de dependencia debe ingresar al sitio de la AFIP, con número de CUIL/CUIT y clave fiscal;
Tiene que entrar al servicio SIRADIG/Trabajador;
Se abrirá el formulario 572web,donde el sistema mostrará los períodos fiscales disponibles;
Seleccionar 2022 en el menú desplegable;
Se abrirá un nuevo borrador para confeccionar la declaración jurada;
Si tiene cargas de familia (hijos menores de 18 años y/o cónyuge), debe confirmar los datos;
Leé también: Las claves para pedir el reintegro de 35% por gastos en dólares para quienes ya no pagan Ganancias
También puede cargar otras deducciones por gastos que se hayan tenido durante el mes:
servicios médicos;
intereses de préstamos hipotecarios;
alquiler de vivienda permanente,
seguros de vida;
personal de casas particulares.
La devolución por la retención del 35% sobre la compra de dólares o gastos con tarjeta en el exterior que se efectúen en 2022 recién estará habilitada en enero del año próximo.
Una vez cargadas las deducciones, el sistema permite enviar la declaración jurada al empleador, que actúa como agente de retención de Ganancias, y que las tendrá en cuenta para la liquidación del salario mensual.
Hasta cuándo se puede presentar la declaración de Ganancias 2021
En paralelo, los trabajadores en relación de dependencia tienen que presentar la declaración jurada final del ejercicio fiscal anterior, en este caso 2021. El año pasado cerró con un mínimo no imponible en $175.000 brutos mensuales.
El trámite se realiza también a través del formulario 572web de la AFIP.
Aun cuando el empleado haya cargado de manera regular deducciones, percepciones y retenciones para suavizar el impacto de Ganancias sobre el salario mensual, fin de marzo es el plazo máximo para presentar el “cierre” 2022.
A partir de esa presentación, el empleador procede a los ajustes correspondientes (si debe reintegrar algunos de los adelantos descontados durante el año, como por ejemplo la devolución por el anticipo de la compra de dólares).
En ese caso, la empresa devolverá con los sueldos de abril (que se pagan habitualmente a principios de mayo) hasta el límite de lo retenido en todo el año. Si el saldo del contribuyente excede ese límite, deberá realizar un trámite aparte para computarlo como saldo a favor.