Preocupación por el avance de AFIP sobre las cajas de seguridad

El ente recaudador instauró nuevas pautas de gestión interna con respecto al cobro judicial de las deudas fiscales. Varios juristas aseguran que es un "disparate jurídico".
Preocupación por el avance de AFIP sobre las cajas de seguridad

La AFIP intentará que la Justicia le permita revisar las cajas de seguridad de los contribuyentes y embargar su contenido en caso de que estén endeudados con el ente recaudador.

Para lograr su objetivo, la AFIP instauró nuevas pautas de gestión interna con respecto al cobro judicial de las deudas fiscales, reavivando una polémica en torno al eventual embargo y secuestro del contenido de los bienes resguardados en cajas de seguridad.

La disposición 194/2021, publicada el martes en el Boletín Oficial, es una norma interna de la AFIP que "establece las pautas de actuación de sus agentes en las ejecuciones fiscales".

 

En el artículo 3, la disposición determina que "en cualquier momento del proceso el representante del fisco podrá solicitar se diligencie oficio a las entidades bancarias a fin de que informen si el ejecutado es titular o cotitular de una caja de seguridad".

"Ante la respuesta positiva de la entidad bancaria, y siempre que el deudor no hubiere regularizado su situación, el representante del fisco solicitará al juez el embargo de la caja de seguridad", agrega la norma.

Consultados al respecto por el portal iProfesional, varios juristas criticaron el avance de la AFIP e indicaron que los funcionarios fiscales "jamás pueden actuar por sí en la traba de medidas cautelares, sino que dicha medida debe estar precedida por la orden de un juez y en el marco de un expediente judicial".

PUBLICIDAD

Según los juristas, la nueva norma "no cambia nada". "Las cajas de seguridad están protegidas por los artículos 17 y 18 de la Constitución Nacional (que resguardan la intimidad) y sólo una orden judicial podría disponer su embargo", explicaron.

El abogado Daniel Malvestiti calificó la normativa de AFIP de "disparate jurídico". "En primer lugar, porque que lo debiera facultar el legislador y no la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont . Por otro lado, no sé qué juez de ejecución fiscal va a hacer lugar al embargo de una caja de seguridad con la violación al derecho a la intimidad que ello importa", explicó el letrado.

Los embargos en cuestión deberán ser solicitados a los jueces y, en su caso, ordenados por ellos. Los jueces tendrán la obligación de verificar la razonabilidad del embargo requerido y adoptar los recaudos necesarios para evitar que la medida sea excesiva, que alcance bienes inembargables o que invada la privacidad del contribuyente.

El contenido de la caja de seguridad es "confidencial y secreto". Así lo entendió la Cámara Comercial, Sala D, en la causa Sorrentino, donde sostuvo que por las características del contrato de caja de seguridad es esencial el secreto. 

Comentar esta nota
Más de Economía